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¿Si he consumido drogas, el castigo es menor?

Respuesta breve

Haber consumido alcohol o drogas no reduce automáticamente la pena. Para que el consumo pueda tener relevancia jurídica debe analizarse cómo afectó realmente a la capacidad de comprender lo que se hacía o de actuar conforme a esa comprensión. También importa la causa del consumo, el momento en que se produjo y las pruebas disponibles.

Un caso muy habitual

Esta pregunta procede de una consulta real recibida en el despacho, redactada de forma anonimizada. Tras verse implicada en unos hechos investigados, una persona explicó que había consumido antes y se preguntaba si eso implicaba que el castigo sería menor. La respuesta exigía revisar qué había consumido, en qué cantidad, cuándo ocurrió y, sobre todo, cómo pudo afectar a sus facultades en ese momento.

El consumo no elimina por sí solo la responsabilidad

Es un error frecuente pensar que estar bajo los efectos de una sustancia supone, sin más, una reducción de la responsabilidad penal. El simple hecho de haber consumido no basta. En un procedimiento se valoran las circunstancias concretas, la intensidad de la afectación y la relación entre ese estado y los hechos investigados.

En muchos supuestos, una persona que ha bebido o consumido alguna sustancia conserva la capacidad de entender lo que hace y de decidir cómo actuar. En esos casos, el consumo puede no producir ninguna modificación relevante de la responsabilidad. La valoración nunca se hace con una regla automática.

¿Cuándo puede tener importancia?

Puede ser relevante cuando existe una afectación acreditada de las facultades de la persona. No se trata únicamente de afirmar que se había consumido: es necesario atender a elementos como informes médicos o periciales, pruebas practicadas, testigos, grabaciones y el comportamiento observado antes, durante y después de los hechos.

También se distingue entre un consumo ocasional y una situación de dependencia que haya influido de manera significativa en la conducta. Cada escenario puede plantear cuestiones distintas y debe estudiarse con la documentación del caso. Incluso cuando se aprecia una afectación, no siempre tiene el mismo alcance jurídico.

Importa cómo y por qué se produjo el consumo

La forma en que se llegó a ese estado puede ser determinante. No es igual una situación inesperada o ajena a la voluntad de la persona que un consumo voluntario realizado con conocimiento de que después se iba a desarrollar una actividad de riesgo. Por eso, el análisis no se limita al resultado de una prueba o a una manifestación posterior.

El tribunal valorará el conjunto de las circunstancias. En ocasiones será especialmente importante reconstruir la cronología de lo ocurrido, conservar comunicaciones o localizar a quienes puedan aportar información sobre el estado de la persona.

¿Qué conviene hacer si el consumo forma parte del caso?

Conviene explicarlo desde el primer momento a la defensa y aportar toda la documentación que pueda ser útil. Ocultar información relevante puede dificultar la preparación del asunto. Al mismo tiempo, no es prudente asumir que el consumo será una excusa o una reducción de pena: antes debe analizarse el expediente y la prueba existente.

La estrategia de defensa depende del delito investigado, de la fase del procedimiento y de los elementos que puedan acreditarse. Una orientación individualizada permite valorar con realismo qué argumentos son pertinentes y cuáles no.

¿Consumir reduce la pena?

En este vídeo explicamos por qué el consumo no supone automáticamente una reducción de la responsabilidad y qué circunstancias se valoran en cada caso.

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Abogado Penalista en La Línea de la Concepción

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La incidencia del consumo depende siempre de los hechos y de la prueba. Podemos revisar su situación concreta y explicarle las alternativas de defensa.

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